
Grado in
Grado en Nutrición Humana y Dietética Universidade Santiago de Compostela

Introducción
Denominación del título: Grado en Nutrición Humana y Dietética
Rama de conocimiento: Ciencias de la Salud
Centro donde se imparte:
Facultad de Ciencias [L]
Avda. Alfonso X O Sabio, s/n.
27002
Lugo
Fecha de la autorización de implantación del título por la Xunta de Galicia: Decreto 150/2010 do 16 de setembro (DOG 23/09/10)
Fecha de publicación en el BOE: 3 de marzo de 2011
Fecha de la última acreditación: 08/07/2015
Responsable del título: Fraga Lopez, Francisco Jose
Coordinador del título: Casabiell Pintos, Jesús Antonio
Condiciones de la docencia:
- Periodicidad de la oferta: anual
- Tipo de enseñanza: Presencial
- Régimen de estudio: tiempo completo / tiempo parcial
- Lenguas de uso: Castellano Gallego
Título interuniversitario:No
Universidad coordinadora:
- Universidad de Santiago de Compostela
Objetivos
La titulación persigue como objetivo general la formación de “un profesional de la salud, con titulación universitaria, reconocido como un experto en alimentación, nutrición y dietética, con capacidad para intervenir en la alimentación de una persona o grupo, desde los siguientes ámbitos de actuación: la nutrición en la salud y en la enfermedad, el consejo dietético, la investigación y la docencia, la salud pública desde los organismos gubernamentales, las empresas del sector de la alimentación, la restauración colectiva y social”
Plan de estudios
Plan de estudios
Itinerarios o menciones:
Non se contemplan
Ordenación temporal de los estudios:
Non se contempla
Transferencia y reconocimiento de créditos:
Reconocimiento de créditos:
Consiste en la aceptación por una universidad de los créditos que fueron obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma o en otra universidad, y que son computados en otras enseñanzas distintas para los efectos de la obtención de un título oficial.
Transferencia de créditos:
Implica que en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas sucesivas por cada estudiante se incluirá la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma o en otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial.
La USC regula estas dos figuras en la siguiente normativa publicada en la web:
Reconocimiento de actividades universitarias y competencias transversales de la usc:
Los estudiantes podrán obtener hasta un máximo de 12 créditos optativos por el reconocimiento de las actividades contempladas en el artículo 12.8 del RD 1393/2007 y de las competencias transversales de la USC. Se consideran competencias transversales para todas las titulaciones de Máster de la USC el conocimiento instrumental de (1) lenguas extranjeras; (2) lengua gallega, e (3) tecnologías de la información y de la comunicación.. En todo caso el máximo de créditos reconocibles por las actividades del artículo 12.8 del RD 1393/2007 será de 6.
Objetivos y competencias del programa
Competencias básicas
Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio;
Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio;
Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética;
Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado;
Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía.
Galería
Oportunidades profesionales
Salidas profesionales
Esta titulación habilita para el ejercicio de las profesiones que se establecen por desarrollo normativo de:
- Resolución 2642 de 5 de febrero de 2009 (BOE Nº 41,17/02/2009) de la Secretaría de Estado de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de Dietista-Nutricionista.
- Orden CIN/730/2009, de 18 de marzo, (BOE Nº 73, 26/03/2009) por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Dietista-Nutricionista.
Perfiles profesionales
La profesión de dietista-nutricionista lleva implícita en su ejercicio la educación alimentaria y nutricional en cualquiera de los campos donde es posible ejercerla.
La figura del dietista, siempre de acuerdo con la sociedad en que desarrolla su labor, actúa en los siguientes ámbitos con funciones específicas de cada uno de ellos:
- dietista clínico
- dietista comunitario o de salud pública.
- dietista en restauración colectiva
- dietista en la industria
- dietista docente
- dietista investigador